Si quieres saber cuál es el valor de la prueba pericial en un juicio laboral, éste artículo te gustará.
Salvador Ramírez, un destacado miembro de la comunidad de Tareas Jurídicas de Facebook, nos trae un análisis de la prueba pericial dentro de un juicio laboral, espero les guste:
Existen ocasiones en que para conocer la verdad de un hecho o demostrar su existencia frente a las autoridades laborales, es necesario contar con conocimientos especiales que solo un perito puede tener. El perito es una persona experta en alguna ciencia, arte o materia que mediante sus conocimientos y experiencia es capaz de orientar al órgano jurisdiccional al momento de tomar una decisión.
- ¿Cómo funciona en la práctica la participación de peritos en un caso?
Supongamos que un patrón no reconoce como suya la firma dentro del contrato individual de trabajo. Un perito experto en grafoscopía, mediante el uso de instrumentos y análisis matemáticos, determinará que a través de la curvatura de las letras, la presión con que fueron impregnadas y los trazos esbozados, coinciden con la firma original del patrón, llegando a la conclusión sobre sí es o no su firma.
Sin embargo, ello no significa que el órgano jurisdiccional deba aceptar como verdadero el dictamen del perito, ya que si bien la función del experto es orientar en su decisión a la autoridad, ello no implica que deban de obedecerlo (lo anterior, con base en el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo).
Resulta importante aclarar que la opinión de un perito no es suficiente para auxiliar a la autoridad en la resolución del caso. El patrón ofrece un perito; el trabajador ofrece otro perito (si no tiene dinero para sufragar sus gastos, los pagará la Junta de conciliación y Arbitraje para no dejarlo desprotegido) y si no se ponen de acuerdo en sus dictámenes, se nombrará un tercero en discordia (discordia significa desacuerdo) quien imparcialmente dará su dictamen sobre el hecho.
No cualquiera puede ser perito. Debe reunir ciertos requisitos a efecto de poder brindar su dictamen pericial, como por ejemplo, estar autorizado por la Ley de Profesiones. Asimismo, se necesita que sea experto en la materia que va a dictaminar (resolver) y que el peritaje sea ordenado por el tribunal o propuesto por alguna de las partes. Cuando se brinda el peritaje, se anexa una lista con una serie de preguntas encaminadas a conocer el cómo llego a la conclusión de cierto hecho mediante sus conocimientos lógicos científicos. Este cuestionario, también se le da copia a la contraparte, para que ellos también puedan hacerle preguntas (examinar) al perito.
- ¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE UN PERITO Y UN TESTIGO?
¿Crees que el valor de su declaración sea igual? Velo de esta manera. El testigo estuvo presente en el lugar de los hechos, no es un experto, pero con sus sentidos percibió el cómo para él se suscitó la situación. En cambio, el perito realiza su análisis después que han transcurrido los hechos, no por medio de sus sentidos, sino con las herramientas científicas propias de su saber. No quiero que creas todo lo que digo, sino que llegues a tus propias conclusiones. Te puedo decir que al perito se le paga, es su obligación ser un auxiliar de la justicia, interpretando el hecho mediante los avances de la ciencia, para transmitirle su conocimiento a la autoridad al momento de resolver.
- ¿QUÉ PASA SI EL DÍA DE LA AUDIENCIA NO SE PRESENTA EL PERITO?
Finalmente, si el día de la audiencia no se presentará el perito del trabajador, la Junta le designará uno para que lo auxilie y si no tiene dinero, la Junta pagará los gastos. Lo mismo aplica si el perito simplemente no es designado por el trabajador.
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me gusto este cuestionario . felicito a esta organizacion de compartir conociientos ,gracias que dios los bendigas