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En este artículo encontrarás un resúmen y apuntes sobre los puntos principales que debes acreditar cuando interpongas una querella por delito de lesiones, así como también, las diligencias básicas que llevará a cabo el Ministerio Público en este Delito.

  • PUNTOS BÁSICOS QUE DEBES ACREDITAR EN EL DELITO DE LESIONES:

En el delito de lesiones debemos acreditar sus elementos materiales:

      A) Inferir una lesión a una persona de acuerdo a estos niveles:

  • Transtorno en la salud de una persona (lesión).
  • Que dicha lesión altere la salud del ofendido.
  • Que esas lesiones sean producto de una causa externa y más apropiada a la conducta o serie de conductas con  unidad de acción, en virtud de que una persona produzca dicha variación en la salud de otra.

      B) Acreditamiento de una lesión:

  • Este transtorno o lesión se acredita con un certificado médico en el que se asienta qué tipo de lesion presenta una persona y toda vez que e l mismo es tomado como peritaje médico, se le otorga el valor establecido por los artículos 354 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y el artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Penales, lo que produce confiabilidad y certeza por parte del juzgador en razón de ser rendido por un experto o perito en la materia y referirse a los datos objetivamente.

>> Si te interesa saber más sobre el peritaje médico, da click aquí.

      C) La naturaleza de la afectación en la salud de la víctima y las lesiones que tenga, deben ser resultado de una causa
externa y ser provocadas por otro cuerpo.

      D) La conducta del sujeto activo se acredita: con la imputación del ofendido y las testimoniales que ofrezca.

      E) CON BASE A LO ANTERIOR PODEMOS ACREDITAR: La existencia del sujeto pasivo.

      F) SI EL DELITO CONTIENE LA CALIFICATIVA DE VENTAJA: Es aplicable lo dispuesto por el artículo 298 del Código
Penal del Distrito Federal, que establece que de existir una sola de las circunstancias establecidas en el artículo 315 de dicho código,
se aumentará un tercio la sanción que corresponda.

Ejemplo: Si el juez impusiera una pena de 6 meses por el delito, sería procedente aumentar la pena en 2 meses más, es decir un
total de 8 meses.

  • DILIGENCIAS BÁSICAS QUE DEBE REALIZAR EL MINISTERIO PÚBLICO EN ESTE DELITO:
  1. Ratificación del escrito inicial de demanda del ofendido.
  2. Inspección ministerial y fe de lesiones.
  3. Intervención de peritos médicos y (de proceder) en criminalística.
  4. Inspección ocular en el lugar de los hechos si es de interés para la integración de la averiguación previa.
  5. Declaración de los testigos presenciales de los hechos.
  6. Declaración del probable responsable.
  •  LEGISLACIÓN APLICABLE AL DELITO DE LESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL:

      I. CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

      II. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL.

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2 comentarios en «QUERELLA POR DELITO DE LESIONES»

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