ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA

La acción de petición de herencia es la facultad que tiene cada uno de los legítimos herederos para impulsar la actividad jurisdiccional, para que un juzgador les reconozca en justicia sus derechos sobre los bienes del de dujus.

Si alguna vez te preguntaste sobre la llamada acción de petición de herencia, el día de hoy resolverás todas tus dudas.

¿QUÉ ES UNA ACCIÓN?

En materia de derecho procesal, la acción es la facultad de impulsar la actividad jurisdiccional, es decir, al ser ejercitada, el Juzgador deberá resolver la pretensión que integra la demanda o escrito jurídico que sea presentado.

Carlos Arellano García, en su libro Teoría General del Proceso, cita al Licenciado Cipriano Gómez Lara, donde señala lo siguiente: “Así, el derecho subjetivo es algo que se tiene o que no se tiene y, por el contrario, la pretensión es algo que se hace o no se hace, es decir, la pretensión es actividad, es conducta. Es claro que la existencia de un derecho subjetivo, se puede derivar una pretensión y, de la existencia de la pretensión, se puede llegar a la acción, como una de las formas de hacer valer la pretensión. En concepto nuestro, la pretensión es la determinación de la reclamación o exigencia de un sujeto frente a otro que hipotéticamente deberá desplegar una conducta para satisfacer tal reclamación o exigencia.”1

Abundemos más sobre esta definición que considero es muy clara sobre lo que es una acción:

DERECHO SUBJETIVO -> PRETENSIÓN -> ACCIÓN

Cómo puedes darte cuenta, para que puedas ejercer una acción, es necesario que primeramente exista un derecho subjetivo a tu favor, y después de ello, que tú pretendas ejercer a través de una acción.

  • DERECHO SUBJETIVO= Algo que se tiene o no se tiene.
  • PRETENSIÓN= Algo que se hace o no se hace (actividad o conducta).
  • ACCIÓN= Forma de hacer valer la pretensión.

¿QUÉ ES UNA HERENCIA?

La herencia es el acto a través del cual se tramita una sucesión de todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que ha muerto, a todos sus legítimos herederos.

Recuerda que aún y cuando una persona muere, eso no significa que algunas obligaciones que contrajo en vida se extingan, es por ello que los herederos deberán de extinguir esas obligaciones de ser posible con el patrimonio del “de cujus”.

¿CÓMO SE CLASIFICA A LA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA?

Como lo recuerdas, en artículos anteriores hablamos de la clasificación de las acciones, donde las englobábamos en las siguientes:

A.- Acciones reales y personales.

B.- Acciones de condena, declarativas, constitutivas, cautelares y ejecutivas.

C.- Acciones nominadas e innominadas.

Ahora bien, quizá te preguntes, ¿a qué clasificación pertenecen las acciones de petición de herencia? Y la respuesta es sumamente sencilla, la acción de petición de herencia se clasifica dentro de las acciones reales.

¿QUÉ ES UNA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA?

La acción de petición de herencia es la facultad que tiene cada uno de los legítimos herederos para impulsar la actividad jurisdiccional, para que un juzgador les reconozca en justicia sus derechos sobre los bienes del de dujus.

Recuerda que la sucesión se abre en el momento en que muere el de cujus o cuando se declara la presunción de muerte del “ausente”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1649 del Código Civil Federal:

Artículo 1649. La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente.

¿CUÁNDO HAY UNA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA?

De acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13 y 14 del Código de Procedimientos Civiles, la acción de petición de herencia deberá sujetarse a los siguientes términos:

Artículo 13.- La petición de herencia se deducirá por el heredero testamentario o ab-intestato, o por el que haga sus veces en la disposición testamentaria; y se da contra el albacea o contra el poseedor de las cosas hereditarias con el carácter de heredero, o cesionario de este y contra el que no alega título ninguno de posesión de bien hereditario, o dolosamente dejo de poseerlo.

Artículo 14.- La petición de herencia se ejercitara para que sea declarado heredero el demandante, se le haga entrega de los bienes hereditarios con sus acciones, sea indemnizado y le rindan cuentas.

Como bien sabes, el objeto de la acción de petición de herencia es el otorgar derechos reales a los legítimos herederos del de cujus.

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¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA?

Es muy importante que tomes en cuenta las siguientes características sobre la acción de petición de herencia:

  • A.- La acción de petición de herencia se engloba dentro de la clasificación de las acciones reales.
  • B.- El titular de dicha acción es el heredero testamentario o intestamentario.
  • C.- Los demandados podrán ser: el albacea, el poseedor de los bienes hereditarios con carácter de heredero o cesionario de éste, la persona que esté en posesión de los bienes de forma dolosa.
  • D.- El objeto de la acción de petición de herencia es: obtener la declaración de legítimo heredero, obtener la entrega de los bienes heredados, obtener la entrega de las accesiones a los bienes heredados, obtener indemnización de ser necesario, obtener rendición de cuentas de ser necesario.
  • E.- La acción de petición de herencia es declarativa y condenatoria.
    • Declarativa: Porque puede ejercitarla quien todavía no tiene reconocido su derecho como heredero y su objetivo es que se le reconozca dicha declaración.
    • Condenatoria: Porque pretende la entrega de los bienes hereditarios con sus accesiones, indemnizaciones y rendición de cuentas.

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FUENTES BIBLIOGRÁFICAS:

1.- Teoría General del Proceso, Carlos Arellano García, Editorial Porrúa, S.A., México, Décimo Sexta Edición, 2007, p. 254.

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Estrada, Héctor (21 de noviembre de 2015). Acción de petición de herencia. Tareasjuridicas.com

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