¿Quién no recuerda la primera vez que tuvo que ir a un juzgado o un tribunal? Quizá todo te parecía nuevo y a la vez raro, pensabas que lo que habías aprendido en la universidad hasta ese día quizá no era lo suficiente, te sentías inexperto y procurabas no demostrar “ser el nuevo”, por lo que te limitaste muchas veces en hacer esas preguntas que fuiste conociendo las respuestas “a prueba y error” o peor aún “a regaños de tu jefe”.
El artículo de hoy, busca ser una pequeña guía o tutorial para los estudiantes del derecho o abogados recién egresados que van a aventurarse por primera vez en los edificios de la “justicia”, no importa si actualmente estudias derecho o abogacía en un país distinto a México, ya que estas preguntas y sus respuestas, son comunes en cualquier país latino americano y me atrevería a considerar que algunas son aplicables para países del derecho anglosajón.
Y si ya eres un abogado litigante que ha visitado en múltiples ocasiones estos juzgados y tribunales, seguramente te haré recordar tu época de “amateur jurídico”.
Sumario:
- Antes de ir al Juzgado o Tribunal …
- Llegar al Juzgado o Tribunal solo.
- ¿Quién me puede decir donde puede revisar un expediente?
- ¿Por qué hay mesas en los juzgados y tribunales?
- ¿Recayó un auto en tu expediente? … ¿Qué es un auto?
- ¿Tu expediente está en engrose? … ¿Qué es el engrose?
- ¿Se va a diferir la audiencia porque las autoridades son foráneas? … ¿Por qué sucede esto?
- ¿Tu expediente se encuentra pendiente de fecha de sesión?
- ¿Número de expediente y número de toca son lo mismo o qué los hace diferentes?
Antes de ir al Juzgado o Tribunal …
Por primera vez en el despacho donde trabajas te dicen que vayas solo al juzgado, si tuviste suerte, quizá acompañaste a tus compañeros semanas atrás por lo que más o menos recuerdas dónde preguntar cada cosa, pero si es la primera vez que te dicen “¿puedes ir a revisar el expediente 00/2016? Y revisar si ….” Estarás un poco nervioso en estos momentos, pues aunque te animas a ir solo, no sabes qué pueda pasar ….
Llegar al Juzgado o Tribunal solo.
Después de que te registres y dejes alguna identificación oficial (no olvides que si sólo traes una identificación, dile al personal de seguridad que la necesitas para que te presten el expediente que vas a revisar).
Pasas por la banda de seguridad, dejando todos tus objetos metálicos en esas bandejas de plástico que parece que fueron compradas a granel en todos los tribunales y juzgados del país, buscas el piso del juzgado al que vas y ahora tu primera pregunta es …
¿Quién me puede decir dónde puedo revisar un expediente?
Generalmente tu primera opción será acercarte al área de actuaría, el personal de esta área está facultado por lo menos a primera vista indicarte qué secretario está estudiando tu asunto.
Deberás proporcionarle el número de expediente y de ser posible el nombre del Actor o Quejoso (si vienes por parte de él), para que sea más fácil para el personal de actuaría indicarte a quién dirigirte.
Si tu asunto es nuevo o tiene una notificación pendiente, por lo general, el expediente completo se encontrará en actuaría, si este es tu caso, el personal de actuaría te prestará el expediente en este momento, sino es así, quizá el personal de auditoría te dirá –Licenciado, su expediente se encuentra con el Licenciado “X”, por favor, pase a la mesa “6” y pregunte por su expediente -.
Llegas a la “mesa” que toca estudiar tu asunto y entonces …
Quizá, esta es otra pregunta que te haces al llegar a la “Mesa”:
¿Por qué hay mesas en los Juzgados y Tribunales?
Más allá de entrar a fondo sobre las atribuciones del personal que labora para el Poder Judicial sea Federal o Local, cada Juez cuenta a su cargo con un número específico de Licenciados llamados Secretarios de Juzgado, que son quienes estudian y elaboran proyectos de sentencias para los juicios de les encomiendan (como tu expediente), la razón es lógica, sería imposible que un solo juez pudiera resolver sólo y sin ayuda de nadie 2,000; 10,000 o más expedientes a su cargo.
Entonces, los Secretarios de Juzgado estudian y elaboran proyectos de sentencias, los pasan al Juez y el los aprueba o solicita modificaciones para los mismos.
Cada secretario se le asignará un número, llamado “Mesa”; generalmente la terminación de tu expediente es la que determina a que “mesa” le toca estudiar tu asunto; supongamos que el juzgado es muy grande y existen 10 “mesas”, posiblemente la mesa “0” estudie los expedientes con terminación en “0”, ejemplo “200/2016”; quizá la mesa “1” estudie los expedientes con terminación “1”, ejemplo “201/2016”; y así sucesivamente. Esto es un ejemplo, ya que habrá juzgados con menos mesas o más, todo es subjetivo, pero generalmente así se reparten los expedientes.
¿Recayó un auto en tu expediente? ¿Qué es un auto?
Generalmente en un juzgado o tribunal te dirán que hay un nuevo auto en el expediente –forma elegante de decirte que no pueden prestarte el expediente porque lo están utilizando-.
Otras palabras que pueden decirte, es que hay un nuevo acuerdo pendiente a notificar, o hay un proveído pendiente; antes de proseguir, te doy las definiciones de estos tres conceptos, en manos de Rafael de Pina Vara:
- AUTO: “conjunto de las constancias escritas relativas a un proceso judicial”. (Página 117).
- ACUERDO: “Resolución adoptada por un tribunal u órgano administrativo”. (Página 57).
- PROVEÍDO: “Resolución judicial.” (Página 424).
(Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006.).
Si te dicen cualquiera de estas cosas, y realmente necesitas revisar el expediente, sólo insiste o dale unos minutos para que terminen de ver el expediente y puedan prestártelo.
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¿Tu expediente está en engrose? … ¿Qué es un engrose?
Se le llama “engrosar” al hecho de agregar al expediente un escrito, una resolución, un oficio o un documento.
La definición literal de la palabra engrosar significa eso mismo, hacer gruesa una cosa, en este caso el expediente se torna más grueso entre más escritos se engrosen.
¿Se va a diferir la audiencia porque las autoridades son foráneas? … ¿Por qué sucede esto?
Como bien recuerdas, una vez que presentas una demanda con independencia de la materia, se señala una fecha para la audiencia, que es donde se analizarán las pretensiones de las partes y las pruebas aportadas.
A veces puede diferirse la audiencia y en su caso señalarse una nueva fecha posterior, esto sucede muy a menudo, generalmente podría suceder ya que por la propia naturaleza del desahogo de una prueba se necesita cierto tiempo, como es el caso de una prueba pericial que quizá el perito solicitó una prórroga para poder presentarla, coincide que el plazo de la audiencia se encuentra cerca y el juez decide diferir (cambiar de fecha) la celebración de la audiencia hasta en tanto se presente dicha prueba.
Otra razón muy común, en el caso del juicio de amparo, si demandas autoridades foráneas –que no estén en tu ciudad-, puede tardar en llegar el informe previo o justificado de todas estas autoridades responsables y mientras no se cuente con sus informes, puede posponerse (diferirse) la fecha de la audiencia.
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¿Tu expediente se encuentra pendiente de fecha de sesión?
Si hablamos de demandas de amparo o recursos que están en tribunales colegiados, la fecha de sesión (sería como la fecha de la audiencia) es asignada para que el tribunal pueda resolver tu asunto.
Muchas veces debido a la carga laboral del Tribunal o debido a que tu asunto es bastante complicado y los magistrados no se ponen de acuerdo, pueden diferir la fecha de sesión de tu asunto (muy similar a lo que sucede con el diferimiento de la audiencia).
¿Número de expediente y número de toca son lo mismo o qué los hace diferentes?
Otra duda muy común que puede pasarte es ¿por qué algunos asuntos se les asigna un “número de expediente” y a otros un “número de toca”?
Si bien, podríamos decir generalmente que al fin y al cabo es sólo el número único que identifica tu asunto; la diferencia radica en que un “número de expediente” se asigna a juicios promovidos ante juzgadores de una primera instancia, mientras que el “número de toca” se le asigna a los juicios que son elevados a un tribunal superior para que los resuelva, como sería el caso de interponer algún tipo de recurso.
Rafael de Pina, define a la Toca como “cuaderno en que se recogen las constancias que se elevan a los tribunales superiores con respecto a causas criminales o procesos civiles que pasan a ellos en virtud de algún recurso.”
(Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006. Página 480).
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Estrada, Héctor (16 de octubre de 2016). 7 Preguntas que haces el primer día en un juzgado. Tareasjuridicas.com
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