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DERECHO INTERNACIONAL: COMERCIO EXTERIOR

Nos han enviado muchos correos solicitandonos información relativa al comercio exterior, esta vez nos dimos a la tarea de ofrecerles una especie detemariosobre algunos aspectos importantes del comercio exterior, esperamos les sea de su agrado y les sirva mucho para esta materia.

1.- NOMBRE LOS PRINCIPIOS COMERCIALES

A) TRATO DE NACIÓN MAS FAVORECIDA
B) TRANSPARENCIA
C) FOMENTO A LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA
D) REGLAMENTACIÓN
E) RECONOCIMIENTO

2.- ¿QUE ES EL TRATO DE NACIÓN MAS FAVORECIDA?

CUANDO LOS ESTADOS DEBEN CONCEDER IGUALES LOS SERVICIOS A SUS CONTRAPARTES, COMO LO HICIERON CON CUALQUIER ESTADO. SIN UN PRECIO SUPERIOR.

3.- ¿QUE ES LA TRANSPARENCIA?

SIN MEDIDAS TENDIENTES AL CONOCIMIENTO Y COMUNICACIÓN ADECUADA.

4.- ¿CUALES SON LOS TIPOS DE TRANSPARENCIA?

– PUBLICIDAD
– DERECHO INFORMACIÓN
– PRONTIDAD
– RESPETO A PETICIÓN

5.- ¿A QUE SE REFIERE CON EL FOMENTO A LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA?

A IMPULSAR LA INTEGRACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO

6.- ¿CUALES SON LOS TIPOS DE FOMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA?

– INTEGRACIÓN DE MERCADOS DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
– LIBERACIÓN DE ARANCELES
– INTEGRACIÓN DE MERCADO LABORAL

7.- ¿QUÉ ES LA REGLAMENTACIÓN?

OBLIGACIÓN DE LAS PARTES DE ESTABLECER NORMALIDAD ADECUADA E IDONEA PARA EL COMERCIO DE SERVICIOS.

8.- ¿QUE TIPO DE REGLAMENTACIÓN EXISTE?

– LEYES
– REGLAMENTOS
– ADMINISTRATIVOS (NORMAS)
– ARBITRAJES

9.- ¿QUE ES EL RECONOCIMIENTO?

SE REFIERE AL ACTO DE LEGALIDAD Y CERTIDUMBRE A LOS ACTOS, CONTRATOS Y POERMISOS DE ESTADOS PARTE. LOS ACTOS Y DEMÁS ABARCA EL AREA DE SERVICIOS.

10.- MENCIONE LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA DEL COMERCIO EXTERIOR

A ) CÓDIGO ANTIDUMPING
B) CÓDIGO DE SUBVENCIONES Y DERECHOS COMPENSATORIOS
C) CÓDIGO DE SALVAGUARDA
D) CÓDIGO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA TRAMITE DE LICENCIA DE IMPORTACIÓN
E) CÓDIGO PARA OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO EXTERIOR.

11.- ¿QUÉ ES EL DUMPING?

SE PRESENTA AL INTRODUCIR UN PRODUCTO EN EL MERCADO DE UN PAÍS A UN PRECIO MENOR AL VALOR NORMAL DE EL PRODUCTO EN DE ORIGEN DEL PAÍS.

12.- ¿A QUE SE REFIERE EL ANTIDUMPING?

MEDIO COMERCIAL EN QUE UN PAÍS SE COMBATE AL DUMPING, CUANDO CAUSE O PUEDA CAUSAR DAÑO A LA INDUSTRIA INTERNA DE UN PAÍS.

13.- ¿QUE ES EL CÓDIGO DE SUBVENCIONES Y DERECHOS COMPENSATORIOS?

SON LAS REGLAS O NORMAS DE CARÁCTER GUBERNAMENTAL A QUE APOYAN A LA PRODDUCCIÓN DE CIERTA INDUSTRIA NACIONAL.

14.- ¿QUE SE DEBE HACER PARA SEGUIR ESTE CÓDIGO DE SUBVENCIONES Y DERECHOS COMPENSATORIOS?

– PREVEER QUE NO EXISTAN MUCHAS INDUSTRIAS
– CUIDAR EL COMERCIO INTERNACIONAL
– DEBE EXISTIR UN PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTARLO (SELECCIONAR LA INDUSTRIA, CONSULTAS, TIEMPOS, OTROS.).

15.- ¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE SALVAGUARDA?

NORMAS QUE SE ESTABLECEN PARA IMPEDIR TEMPORALMENTE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS AL PAÍS.

16.- ¿EN QUE MOMENTOS ES NECESARIO EL CÓDIGO DE SALVAGUARDA?

– DEBEN EXISTIR SI ES NECESARIO
– SE DEBE DE COMPROBAR EL DAÑO A LA PRODUCCIÓN NACIONAL (DAÑO INMINENTE, DAÑO GRABE, EXISTE UN PROCEDIMIENTO PARA SU INSTRUMENTACIÓN).

17.- ¿QUÉ ES EL CÓDIGO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA TRAMITE DE LICENCIA DE IMPORTACIÓN?

SON PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESPECIALES, PARA ALGUNOS PRODUCTOS DE IMPORTACIÓN.

18.- ¿QUÉ SE PREVEE CON EL CÓDIGO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA TRÁMITE DE LICENCIA DE IMPORTACIÓN?

– SE PREVEE LIBERAR LICENCIAS DE FORMA AUTOMÁTICA (10 DÍAS).
– SE PREVEE LIBERAR LICENCIAS DE FORMA AUTOMÁTICA PREVIO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.

19.- ¿QUÉ ES EL CÓDIOGO PARA OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO EXTERIOR?

SE REFIERE A UN CINJUNTO DE ACUERDOS Y NORMAS QUE ESTABLEZCAN DIVERSAS TÉCNICAS PARA DETENER O LIMITAR LA IMPORTACIÓN.

20.- ¿CON QUE TIENE QUE VER ESTE CÓDIGO PARA OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO EXTERIOR?

– PUBLICIDAD
– VIGENCIA
– NOTIFICACIONES
– CONSULTAS

21.- ¿CUALES SON LOS METODOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS?

A) PANEL ARBITRAL TRILATERAL
B) PANEL BINACIONAL SOBRE ANTIDUMPING
C) PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

22.- ¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA EL PANEL ARBITRAL TRILATERAL?

PRIMERO SE HACE LA SOLICITUD, ENSEGUIDA SE HACE UNA LISTA CON 30 ARBITROS (10 DE CADA PAÍS POR SER TRILATERAL EL PANEL), SE TOMAN 5 ARBITROS DESIGUALES, Y LAS RESOLUCIONES PODRAN SER MEDIANTE UN INFORME PRELIMINAR QUE DURA 90 DÍAS O MEDIANTE UN INFORME FINAL EN 30 DÍAS.

23.- ¿Cuál ES EL PROCEDIMIENTO EN EL METODO DE PANEL BINACIONAL SOBRE ANTIDUMPING?

LAS CONSULTAS DURAN 90 DÍAS, Y SE TOMA UN PANEL BINACIONAL FORMADO POR 25 ÁRBITROS, DE LOS CUALES EXISTIRAN 5 ARBITROS DESIGUALES, Y LA RESOLUCIÓN TARDARÁ 365 DÍAS, Y A OPCIÓN KA IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA.

24.- ¿CUALES SON LOS METODOS DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES?

– SOLUCIÓN EN MATERIA DE INVERSIONES
– SOLUCIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS FIFNANCIEROS
– OTROS.

TU OPINIÓN ES LA MAS IMPORTANTE PARA NOSOTROS, SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES 🙂

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