DERECHO ELECTORAL: REGISTRO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Que tal seguidores de Tareas Jurídicas, hoy subiré un post de una materia muy interesante,pero antes de hablar al respecto quiero agradecerles por seguir visitando esta Blog, cada día observo más visitas y eso me gusta, señal que vamos por buen camino, REGÁLANOS UN LIKE PARA NUESTRO FACEBOOK!, eso nos motiva a seguir escribiendo para tí!, escríbenos, cuéntanos que tal te parecen los post, o dinos de que quisieras que habláramos.

Pues resulta que andaba viendo por la mañana en la televisión, noticias sobre las elecciones para Presidente de la República que se harán en México para 2012, que si no eres de México, te daré una breve introducción, resulta que en México hay elecciones para Presidente de la República Mexicana cada 6 años y justamente el próximo año ya se realizarán, no entraremos en debate político de quien es el favorito y de que partido, sino mas bien, hablaremos un poco del Registro de los Partidos Políticos, porque siempre escuchamos acerca del Partido Revolucionario Institucional, el Partido Acción Nacional y entre otros más, pero, ¿Cómo fueron registrados estos partidos?, que figura jurídica tienen, entre otras preguntas introductorias, pues bién, no esperemos hasta el 2012 para resolver estas dudas, a continuación el tema: REGISTRO DE LOS PARTIDOS POLÏTICOS:

El COFIPE (CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES) es el resultado que se inicia con la ley electoral del 19 de enero de 1902 (Bajo la presidencia de Francisco I.  Madero) y con la Ley Electoral para la formación del congreso constituyente del 20 de Diciembre de 1916 expedida por Venustiano Carranza, misma que se continuó con las distintas leyes electorales. Hasta la del 15 de agosto de 1990 la cual ha experimentado varias reformas siendo la más reciente la de 1996, a través de estos cuerpos legales y sus respectivas reformas se ha procurado precisar los requisitos y trámites que debe de cubrir toda organización política para obtener su registro como partido político nacional. Así el artículo 22 del COFIPE en su versión vigente hasta 1996 se disponía que la organización o agrupación política que pretendiera participar en las elecciones federales debía obtener el registro correspondiente ante el IFE y que para la obtención del registro existían dos procedimientos: Registro definitivo o el registro condicionado (el último se suprimió).

Así mismo se precisa la denominación Partido Político Nacional, se reserva a las organizaciones políticas con registro, definitivo y que los partidos políticos con registro, tienen personalidad jurídica y gozan de derechos y prerrogativas y quedan sujetos a las obligaciones que establece la constitución y el COFIPE, según el tipo de registro que se haya obtenido.

Requisitos exigidos para el registro definitivo de los partidos políticos.

Antecedentes:

La ley federal electoral 1973 (LFE) establecía:

A)     Contar con un mínimo de 2000 afiliados en cada una, cuando menos de las 2/3 partes de las entidades federativas y que el número de afiliados en todo el país no fuera inferior a 65ooo.

B)      Que los 2 000 afiliados en cada estado se encontraran distribuidos cuando menos en la mitad de los municipios de la entidad con un mínimo de 25 personas por municipio.

Organizaciones electorales.

En nuestro país, la organización de las elecciones, históricamente ha correspondido al estado, primero, a través de la secretaría de gobernación, cuyo titular, era el responsable a nivel federal, de sacar adelante el proceso electoral y en los estados, el secretario general de gobierno; de tal manera, que en un tiempo el estado mexicano, prácticamente se erigía en juez y parte, conforme avanzó el tiempo, se fueron intentando democratizar y transparentar los procesos electorales, se crearon diferentes ordenamientos jurídicos entre los que destaca la LOPE (ley de organizaciones y procedimientos electorales), o el hecho de que la cámara de diputados federal se erigiera en colegio electoral, para calificar y dar validez la elección del presidente de la república y a su vez, autocalificar su propia elección.

Conforme nos fuimos desarrollando, además de las presiones internacionales y que mucho se dijo y se escribió de que en México se vivía la dictadura perfecta, ya que por nuestra forma de organización y de calificación de las elecciones se garantizaría de manera permanente la permanencia de un partido político en el poder.

El proceso electoral de 1988 quizá el más cuestionado en la historia moderna de nuestro país, dio muestra de que nuestro sistema electoral, dejaba mucho que desear, e irónicamente, quien fuera electo presidente de la república (Carlos Salinas de Gortari), quién se dijo que había arribado al poder mediante el más grande fraude electoral de la época moderna, fue quien transparenta y da vida al Instituto Federal Electoral.

Creando un organismo responsable de la organización y calificación de las elecciones en México, organismo integrado por ciudadanos, con personalidad jurídica, autonomía y patrimonio propio, en el cual, los partidos políticos solo tienen voz, el primer filtro para la calificación y validez de un proceso electoral, posteriormente para darle a un mayor transparencia y fortaleza democrática se crea el Tribunal Federal Electoral ó TRIFE, el cual resolvería de manera inatacable las controversias en esta materia.

Este modelo fue reproducido en los diferentes estados de la república.

Sin embargo aun hay voces que no están satisfechas a pesar del gran avance democrático que se ha tenido y pugnan por la creación de un cuarto poder, es decir, el poder electoral, basándose en modelos de otros países y destacando por ejemplo el modelo nicaragüense.

Alternativas en materia de organización de las elecciones.

El principio fundamental sobre el cual se encuentra reestructurado nuestro régimen democrático representativo se encuentra delineado en el artículo 39 constitucional en el que se precisa, que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este, el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

El artículo 40 constitucional dice: que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática y federal.

Para que esto sea una realidad se requiere contar con una institución responsable que de manera imparcial organice el ejercicio del derecho al voto y que configure diversos instrumentos tendientes a asegurar que tan solo voten los ciudadanos mexicanos que se encuentren en pleno goce de sus derechos, que cada cabeza sea un voto, y que la ciudadanía pueda expresar con toda libertad su voluntad electoral y que los votos cuenten y se cuenten; dicha institución también debe garantizar que los partidos políticos participen en las elecciones con apego a las reglas que establece la ley y que en su oportunidad ocupen los cargos que les confirió el voto ciudadano.

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