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¿SE PUEDE SUSTITUIR A UN PERITO EN UN JUICIO DE NULIDAD?

En el caso específico del juicio de nulidad, sí es posible sustituir a un perito por otro, pero esta sustitución debe ser:  por una sola vez, con una causa que lo justifique, que se comunique al magistrado instructor antes de vencer los plazos que tenga que ver el perito, y se señale el nuevo perito.

¿QUÉ ES LA LITIS ABIERTA?

En la litis abierta, el actor dentro de un juicio contencioso administrativo puede impugnar tanto la resolución recaida en el procedimiento administrativo así como la del recurso de revocación.