ACCIÓN NEGATORIA
La acción negatoria es la facultad que tiene el propietario, poseedor a título de dueño o quien tenga derecho real sobre un bien inmueble (únicamente), para impulsar la actividad jurisdiccional, solicitando se resuelva su pretensión ante un juzgador consistente en la declaración de libertad o reducción de gravámenes de un bien inmueble; la demolición de obras o señales que importen gravámenes sobre el bien inmueble, la anotación en el Registro Público de la Propiedad; el pago de daños y perjuicios sobre dichos actos; así como el respeto de la libertad del inmueble.