¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA PRESUNCIÓN IURIS TANTUM Y UNA IURIS ET DE IURE?
La presunción iuris tantum es una presunción relativa donde se ofrece alguna prueba para desvirtuar una presunción. Por otra parte, la presunción iuris et de iure es una presunción absoluta, es decir, que lo que previamente se determinó a través de una presunción, eso es lo que debe concluirse como verdad absoluta.