TESIS DE LA SEMANA: ¿DEBE DAR VISTA EL JUZGADOR ANTE LA IMPROCEDENCIA DE UN RECURSO DE QUEJA?
Esta jurisprudencia plantea la posibilidad de que no contraviene al derecho a una justicia pronta, completa e imparcial el hecho de que el órgano jurisdiccional no le “De Vista” al quejoso para desacreditar la improcedencia detectada con respecto a la interposición de un recurso de queja, veamos entonces cuáles fueron las conclusiones a las que llegó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.