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carta poder para pleitos y cobranzas

¿QUÉ ES EL PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS?

Un poder general para pleitos y cobranzas es aquel que es conferido sin limitación para realizar toda clase de gestiones de cobro que no impliquen el ejercicio de actos de dominio o de administración, así como para atender controversias (pleitos) a nombre de un poderdante, excepto que conforme a las disposiciones fiscales se requiera una cláusula especial, a fin de defender algún interés jurídico.