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Artículo 126.- El recurso de revocación no procederá contra actos que tengan por objeto hacer efectivas fianzas otorgadas en garantía de obligaciones fiscales a cargo de terceros.

¿QUÉ ES EL RECURSO DE REVOCACIÓN?

Se le denomina como Recurso Administrativo de Revocación, se encuentra previsto en el Código Fiscal de la Federación y su objetivo es resolver esas cuestiones ilegales de las resoluciones emitidas por las Autoridades Administrativas, específicamente, en este artículo me referiré a las Autoridades Federales Fiscales, este recurso te será útil ante resoluciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Comisión Nacional Bancaria y de Valores entre otras más.