GENERALIDADES DE LA ASOCIACIÓN Y SOCIEDAD CIVIL

Hoy aprenderás las diferencias y generalidades de la asociación y sociedad civil. Comúnmente llegamos a confundir estos dos conceptos o en otras ocasiones no sabemos cuáles son las características esenciales de cada una de ellas.

¿Qué es una asociación civil?

Es un contrato a través del cual se reúnen dos o más personas de forma periódica para la realización de un fin común que no sea prohibido por la Ley ni tenga como objetivo primordial el lucro.

Ahora bien, el contrato de asociación se encuentra establecido en el artículo 2670 del Código Civil para el Distrito Federal, que establece lo siguiente:

Artículo 2670. Cuando varios individuos convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.

Algunos ejemplos de Asociaciones Civiles pueden ser: asociación de colonos de un fraccionamiento, centros deportivos, asociaciones culturales, patronatos, escuelas y universidades.

¿Dónde se encuentra previsto el contrato de asociación civil?

El contrato de asociación se encuentra previsto en lo dispuesto por el Libro Cuarto, Parte Segunda, Título Decimo Primero, Inciso I “De las Asociaciones”, en el Código Civil para el Distrito FEderal (Artículos 2670 al 2687).

¿Cuáles son las generalidades de una asociación civil?

La asociación civil cuenta con características que le dan una distinción del resto, entre las principales, podemos encontrar las siguientes:

  • 1.- El contrato debe constar por escrito y en escritura levantada ante Notario Público.
  • 2.- La asociación deberá inscribirse en el Registro Público de Personas Morales y Civiles (RPPMC) para que surta sus efectos contra terceros; de no inscribirse, la asociación contará con personalidad jurídica, sin embargo los actos jurídicos que lleven a cabo sus asociados serán responsables de los daños y perjuicios que causen.
  • 3.- A la razón social se le agregarán las palabras “Asociación Civil”.
  • 4.- Establecer los estatutos sociales donde se establezca la forma de administración y la relación de sus asociados y terceros.
  • 5.- Los estatutos deberán ser inscritos en el Registro Público para que reproduzcan efectos contra terceros.
  • 6.- El órgano absoluto será la asamblea general.
  • 7.- Las facultades de la asamblea general serán: admisión y exclusión de asociados, disolución anticipada o prórroga de la asociación, nombramiento del director, revocación de nombramientos y los que se establezcan en los estatutos.
  • 8.- Los asuntos que se vean en la asamblea general serán aprobados por la mayoría de los votos de los miembros presentes.
  • 9.- Los socios tienen el derecho de examinar los libros y documentos de la asociación.
  • 10.- No puede transferirse la calidad de asociado.
  • 11.- Únicamente se podrá extinguir la asociación por las siguientes causas: consentimiento de la asamblea, conclusión del término de duración o por cumplimiento del objeto, por ser incapaces los asociados de realizar el fin para el que fue fundada la asociación, por resolución de autoridad competente y por las causas previstas en los estatutos.

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¿Qué es una sociedad civil?

Es un contrato a través del cual se reúnen dos o más personas de forma periódica para la realización de un fin común que no sea prohibido por la Ley y que tenga por objeto preponderante el lucro, pero que no constituya una especulación comercial.

Ahora bien, el contrato de sociedad se encuentra establecido en el artículo 2688 del Código Civil para el Distrito Federal, que establece lo siguiente:

Artículo 2688. Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.

Algunos ejemplos de Sociedades Civiles pueden ser: despachos de abogados.

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¿Dónde se encuentra previsto el contrato de sociedad civil?

El contrato de sociedad se encuentra previsto en lo dispuesto por el Libro Cuarto, Parte Segunda, Título Decimo Primero, Inciso II “De las Sociedades”, en el Código Civil para el Distrito Federal (Artículos 2688 al 2701).

¿Cuáles son las generalidades de una sociedad civil?

La sociedad civil cuenta con características que le dan una distinción del resto, entre las principales, podemos encontrar las siguientes:

  • 1.- El contrato debe quedar por escrito y en escritura pública cuando alguno de los socios transfiere bienes de la sociedad.
  • 2.- El contrato debe inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles (RSC) para que produzca efectos contra terceros.
  • 3.- El contrato debe contener: nombre y apellido de los otorgantes que son capaces de obligarse, la razón social, objeto de la sociedad, importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.
  • 4.- A la razón social se le agregarán las palabras “Sociedad Civil”.
  • 5.- Las aportaciones de los socios pueden consistir en una cantidad de dinero, otros bienes o en su industria.
  • 6.- Las sociedades civiles que tomen forma de sociedades mercantiles se regirán por el Código de Comercio.
  • 7.- Para que los socios puedan ceder sus derechos, se requiere el consentimiento previo y unánime de los coasociados. Y los socios gozarán del derecho del tanto para la adquisición.
  • 8.- La administración estará a cargo de uno o más socios, quienes tendrán las facultades que se señalen en la asamblea.
  • 9.- Los administradores de la sociedad deberán rendir cuentas de su gestión.
  • 10.- La sociedad civil podrá disolverse en los siguientes casos: consentimiento unánime de los socios, cumplimiento del término fijado en el contrato social, realización completa del fin social, haberse vuelto imposible la consecución del objeto social, la muerte o incapacidad de uno de los socios que tenga responsabilidad ilimitada por los compromisos sociales, salvo que en la escritura constitutiva se haya pactado lo contrario y continúe con los sobrevivientes o los herederos, la muerte del socio industrial siempre que haya dado nacimiento a la sociedad, la renuncia de uno de los socios cuando se trate de sociedades de duración indeterminada y los otros socios no deseen continuar con la sociedad civil, resolución judicial.
  • 11.- Para que la disolución de la sociedad civil surta sus efectos contra terceros, es necesario que se inscriba en el Registro de Sociedades.

¿Cuál es la diferencia básica entre una asociación y una sociedad civil?

Para que nunca te confundas, la diferencia entre una asociación civil y una sociedad civil es que la primera no persigue el lucro, mientras que una sociedad civil sí.

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