ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS IMPUESTOS

Hoy conocerás los elementos esenciales de los impuestos, además de las diferencias entre una contribución y un impuesto.

¿Una contribución y un impuesto son lo mismo?

Con frecuencia se llega a pensar que una contribución y un impuesto son sinónimos, sin embargo no es así, en razón a que las contribuciones son los ingresos tributarios –porque también existen ingresos no tributarios- que tiene el Estado para obtener recursos económicos y ejercerlos en el gasto público para el bien de la colectividad.

En ese sentido, las contribuciones como clasificación engloban a los impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

Lo anterior quedó establecido en el primer párrafo del artículo 2° del Código Fiscal de la Federación:

Artículo 2.Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 31 de diciembre de 1985)

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¿Qué son los impuestos?

Los impuestos son los medios impositivos –que se imponen- que el Estado crea a través de Leyes específicas como lo es el Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado etc., que deberán de pagar las personas físicas y morales que se encuentren en una situación jurídica o hecho prevista por la Ley que regule dicho impuesto.

Lo anterior quedó señalado en el segundo párrafo del artículo 2° del Código Fiscal de la Federación:

Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones ii, iii y iv de este artículo.
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 31 de diciembre de 1985)

De lo anterior se desprende que un impuesto no es aplicable a cualquier persona, sino que debe de actualizarse una hipótesis en la Ley de un impuesto para que te sea aplicable su cumplimiento.

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal: son obligaciones de los mexicanos el contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; de lo anterior se desprende que para que una contribución.

De lo anterior se desprende que para que una contribución sea válido constitucionalmente es necesario estar establecido en una ley, ser proporcional y equitativo, los ingresos captados por el impuesto, sean destinados para el gasto público.

¿Cuáles son los elementos esenciales de los impuestos?

Los elementos esenciales de los impuestos son el sujeto, objeto base, tasa y época de pago.

Lo anterior quedó establecido en el artículo 5°, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, que dispone lo siguiente:

Artículo 5. Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.

Asimismo, el criterio jurisprudencial 389615. 162. Emitido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Séptima Época. Apéndice de 1995. Tomo I, Parte SCJN, Pág. 165, que señala lo siguiente:

IMPUESTOS, ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS. DEBEN ESTAR CONSIGNADOS EXPRESAMENTE EN LA LEY. Al disponer el artículo 31 constitucional, en su fracción IV, que son obligaciones de los mexicanos “contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, no sólo establece que para la validez constitucional de un tributo es necesario que, primero, esté establecido por ley; segundo, sea proporcional y equitativo y, tercero, sea destinado al pago de los gastos públicos, sino que también exige que los elementos esenciales del mismo, como pueden ser el sujeto, objeto, base, tasa y época de pago, estén consignados de manera expresa en la ley, para que así no quede margen para la arbitrariedad de las autoridades exactoras, ni para el cobro de impuestos imprevisibles o a título particular, sino que a la autoridad no quede otra cosa que aplicar las disposiciones generales de observancia obligatoria dictadas con anterioridad al caso concreto de cada causante y el sujeto pasivo de la relación tributaria pueda en todo momento conocer la forma cierta de contribuir para los gastos públicos de la Federación, del Estado o Municipio en que resida.

Séptima Época: Amparo en revisión 5332/75. Blanca Meyerberg de González. 3 de agosto de 1976.

Unanimidad de quince votos.

Amparo en revisión 5464/75. Ignacio Rodríguez Treviño. 3 de agosto de 1976. Unanimidad de quince votos.

Amparo en revisión 5888/75. Inmobiliaria Havre, S. A. 3 de agosto de 1976. Unanimidad de quince votos.

Amparo en revisión 331/76. María de los Angeles Prendes de Vera. 3 de agosto de 1976.

Unanimidad de quince votos.

Amparo en revisión 1008/76. Antonio Hernández Abarca. 3 de agosto de 1976.

Unanimidad de quince votos.

Ahora bien, procederemos a describir cada uno de estos conceptos:

  1. SUJETO: Es el sujeto pasivo, es decir la persona física o moral que tiene la obligación de pagar un impuesto determinado en los términos establecidos por la Ley de dicho impuesto.
  2. OBJETO: Es la actividad o cosa que la Ley del impuesto señala como motivo del gravamen, de tal manera que se considera como el hecho generador del impuesto. En este caso podría ser si hablamos de un impuesto especial para personas que adquieran celulares, el hecho generador del impuesto sería el adquirir celulares.
  3. BASE: Es el monto gravable sobre el cual se determina la cuantía de un impuesto. Ejemplo: la cantidad de renta recibida, el número de litros producidos o el ingreso anual de un contribuyente.
  4. TASA O TARIFA: Es la cantidad de dinero que deberás de pagar por concepto de un impuesto en específico.
    Hay impuestos que cobran esa cantidad de dinero a través de un porcentaje como es el 16% del Impuesto al Valor Agregado, mientras que en otras ocasiones te señalan un monto en específico que deberás de cubrir.
  5. ÉPOCA DE PAGO: Como su nombre lo indica, es la fecha a través de la cual deberás de dar cumplimiento al pago de un impuesto, generalmente son mensuales.

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Estrada, Héctor (1 de octubre de 2015). Elementos esenciales de los impuestos. Tareasjuridicas.com

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