¿CÓMO OFRECER PRUEBAS EN UNA DEMANDA?

Si estás pensando ofrecer pruebas documentales o de cualquier otro tipo en una demanda, este artículo es perfecto para ti, hoy aprenderás en pocos pasos como ofrecer y acompañar las pruebas a una demanda de manera sencilla.

  1. PARA EL EJEMPLO DE QUE USARÉ.

Supongo que los lectores frecuentes del blog ya se habrán dado cuenta que me gusta mucho hacer ejemplos de mis artículos usando el amparo en vez de otro tipo de demanda y para que no se queden con la duda hoy también lo usaré como ejemplo.

En ese sentido, los artículos que usaré para redactar el capítulo de pruebas de este artículo será relacionado con una demanda de amparo, aunque este ejemplo te funcionará para cualquier tipo de demanda, solamente deberás de cambiar los artículos por la Ley correspondiente.

  1. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE OFRECER Y EXHIBIR PRUEBAS?

Es muy importante saber que no es lo mismo ofrecer pruebas que exhibir pruebas, la diferencia es la siguiente:

  • Ofrecer Pruebas: Es el mero acto de “señalar” las pruebas con las que acreditas la afectación de tu esfera jurídica por la Ley o Actos señalados como inconstitucionales en una demanda de amparo. En ese sentido, el ofrecimiento de pruebas consiste únicamente en enunciar las pruebas que forman parte de tu defensa jurídica, sin embargo, se da por entendido, que en un acto futuro presentarás dichas pruebas.

 

Esta es una acción muy común, le sucede a muchos abogados cuando están en el último día del término para presentar una demanda y quizá no alcanzaron a tener los juegos de copias para traslado y prefieren presentar la demanda sin ellos, posteriormente el Juez de Distrito o Magistrado del Tribunal Colegiado de circuito concederá un término para que tu las presentes (cumplimentar).

 

  • Exhibir Pruebas: Consiste en “anexar” las copias para el Juez o Magistrado así como las copias para traslado para cada una de las autoridades señaladas como responsables, así también para el cuaderno incidental (de ser necesario).

 

Pero no te preocupes, podrás anexar más pruebas en el transcurso del Juicio.

  1. ¿QUÉ TIPO DE PRUEBA ES ADMIISIBLE EN UN JUICIO DE AMPARO?

Por lo general, en cualquier juicio puedes anexar cualquier tipo de prueba, sin embargo en el caso de un Juicio de Amparo, la Ley establece que son admisibles toda clase de pruebas excepto la de posiciones y las contrarias a la moral o al derecho.

En ese sentido, tómalo en cuenta para cuando anexes las pruebas a tu demanda de amparo.

  1. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS BÁSICOS PARA EL CAPÍTULO DE PRUEBAS DE UNA DEMANDA?

 

El capítulo de pruebas no debe de ser muy rebuscado ni complicado, por ello solamente debes incluir la siguiente información:

 

  • Párrafo de Introducción: En el señalarás si vas a “anexar” y/o “exhibir” las pruebas que ahí enuncias.

 

  • Pruebas: Enuncia cada una de tus pruebas, te recomiendo que antes de señalar cada prueba, pongas en negrillas que tipo de prueba es: documental pública, documental privada, instrumental de actuaciones, prueba pericial, etc. Lo anterior, con la intención de que le sea más fácil al Juzgador comprender tus pruebas.

 

  • Párrafo de cierre: En este párrafo lo único que deberías de hacerle ver al Juzgador es que con las pruebas aquí aportadas, podrá determinar que efectivamente se te fueron violados tus derechos y garantías individuales con el acto administrativo o Ley que señalaste como acto reclamado.

 

  1. PRUEBAS DOCUMENTALES ORIGINALES, CERTIFICADAS O SIMPLES, ¿CUÁLES SON MEJORES?

Cada tipo de prueba tiene un alcance y objeto distinto, sin embargo considero que es mejor que anexes copias certificadas en lugar de las originales o copias simples.

Lo anterior es así, pues la copia certificada tiene el mismo valor que una original una vez cotejada (comparar que su contenido sea el mismo).

El problema con las copias simples al no estar ratificadas por un Fedatario Público (Notario o Corredor Público), se puede “interpretar” que su contenido podría no coincidir con el original por una posible alteración, sin embargo en algunas ocasiones puedes presentar este tipo de copias, aunque yo no lo aconsejo.

  1. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS BÁSICOS QUE DEBERÉ SEÑALAR POR CADA PRUEBA?

Por cada prueba que ofrezcas en tu demanda sea de amparo o cualquier otra rama, es muy importante incluir estos requisitos mínimos:

  • TIPO DE PRUEBA: Señala si se trata de una prueba documental pública, privada, instrumental de actuaciones, pericial, etc. Esto con el objetivo de que le sea más fácil al Juzgador analizar cada una de tus pruebas.
  •  SEÑALA QUE TIPO DE PRUEBA ES: ¿Tu prueba es un contrato, instrumento notarial, póliza, certificado?, señala que tipo de prueba se refiere cada una.
  •  SEÑALA FECHAS: Si anexas más de una prueba del mismo tipo (ejemplo: 2 instrumentos notariales), señala la fecha de cada uno.
  •  SEÑALA NÚMERO DE REGISTRO U OTRO CÓDIGO QUE IDENTIFIQUE CADA UNA DE TUS PRUEBAS: Es posible que más de una prueba tenga la misma fecha, en ese sentido, señala también el número de registro o código que identifique a cada una de las pruebas.
  • SEÑALA EN RESÚMEN DE QUE TRATA CADA UNA DE TUS PRUEBAS: Esto servirá para entender el alcance que pretendes darle a cada una de tus pruebas. Supongamos que anexas un instrumento notarial de 100 hojas pero tu objetivo únicamente es acreditar la razón social de tu empresa ¿crees que es necesario leer las 100 hojas para saber que así se llama la quejosa?.

 

  1. ¿PUEDES ANEXAR UN EJEMPLO DE UN CAPÍTUL DE PRUEBAS?

Claro que sí, revisa el siguiente ejemplo:

PRUEBAS:

La Quejosa se reserva el derecho de ofrecer y rendir pruebas adicionales en la audiencia constitucional del presente Juicio de Garantías de conformidad con lo dispuesto por el artículo 119 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo vigente, sin embargo, se ofrecen y exhiben desde este momento las siguientes pruebas:

 

  1. Documental Pública: Consistente en la copia certificada del Instrumento Notarial ___ de fecha ___ de _______________, con el cual acredito ser una persona moral.

 

  1. Documental Pública: Consistente en la copia certificada del Instrumento Notarial ___ de fecha ___ de _______________, con el cual acredito mi representación.

 

  1. Documentales Públicas: Consistente en la copia certificada de un contrato de compraventa de fecha ______________ donde se pactó una enajenación de un inmueble destinado a la casa habitación.

 

En ese sentido, del contenido de las anteriores pruebas, ese H. Juez de Distrito podrá determinar que mi representada tiene pleno interés jurídico en relación con la norma señalada como inconstitucional a lo largo de la presente Demanda de Garantías.

 

       8. ¿NECESITO ALGÚN OTRO CONSEJO PARA ELABORAR EL CAPÍTULO DE PRUEBAS DE MI DEMANDA?

En relación con las pruebas documentales, de acuerdo a la Ley, éstas pueden ofrecerse en cualquier momento del juicio, es decir, desde el momento de la presentación de la demanda hasta la fecha de la audiencia constitucional.

Cuando una de las partes del juicio de amparo pretenda acreditar algún hecho por medio de la prueba documental que no se encuentre en su poder, sino en el de alguna autoridad o funcionario público (no necesariamente la autoridad responsable), deberá solicitar ante ella, una copia certificada de las constancias o la expedición del documento que deseas ofrecer como prueba en el juicio y es muy importante mencionar que las autoridades deberán expedirlas sin costo alguno.

 

Esto es todo por hoy, si te gustó o deseas hacer sugerencias de temas para hacer nuevos artículos, por favor déjame tu mensaje aquí abajo.

Regálanos un “Me Gusta” a nuestra página de Facebook y entérate de los nuevo que está pasando con nuestra comunidad jurídica.

¡Saludos!

LOGO TAREAS JURIDICAS

 

ARTÍCULOS QUE PUEDEN INTERESARTE:

COMO-SE-ACREDITA-EL-INTERES-JURIDICO

como-hacer-los-conceptos-de-violacion-de-una-demanda---amparo

SOLICITAR-EXPEDIENTE-EN-UN-JUZGADO

5 consejos legales para videobloggers

LESIONES

 

 

Últimos comentarios

  1. David Tinoco julio 1, 2015
    • hectorestrada julio 7, 2015
  2. jesus miguel arellano piña julio 4, 2015
  3. Marco Antonio Rodríguez Galindo julio 10, 2015
    • hectorestrada julio 10, 2015
  4. rubi octubre 23, 2017
  5. Angel abril 15, 2018
  6. Hugo abril 15, 2018
  7. Armando noviembre 24, 2019
  8. odilia franco morales noviembre 10, 2021

Responder a rubi Cancelar respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.