TERMINOLOGÍA PROCESAL. FRASES HABITUALES.

Conoce la terminología procesal, léxico o jerga procesal en la profesión del abogado cuando acude a los Juzgados y Tribunales. Cuando nos iniciamos en la profesión del derecho, tenemos la necesidad inmediata de ir a los juzgados y tribunales a realizar un montón de actividades que muchas veces no entendemos, y no me dejarán mentir que en sus primeras visitas a estos centros de justicia, no entendían absolutamente nada de lo que se hablaba entre los corredores, oficinas y pasillos.

Si es tu primera vez en un juzgado o tribunal o quieres revivir esos recuerdos, este artículo es para ti, pues definiremos aquellas principales palabras que se escuchan, las famosa terminología procesal, seguramente habrá mas palabras que recuerdes haber escuchado en tu primera visita, las cuales puedes dejarlas en los comentarios.

  • A) COTEJAR.- Significa que las copias certificadas y las copias simples con las que se correrá traslado a la contraparte, serán comparadas con las originales por el funcionario del Juzgado o Tribunal autorizado para tal efecto.

    En palabras simples, significa que el personal del Juzgado va a comparar que la información de las copias certificadas o simples coincida fielmente con la información del documento original del que se tenga conocimiento.

    Hecho el cotejo, se asienta el dato del cotejo con la rúbrica (firma) de quien hizo el cotejo, que puede ser el Secretario Actuario tratándose de copias para el traslado; o puede ser el Secretario de Acuerdos cuando se trata de copias certificadas. El cotejo también se produce cuando se envía un exhorto en el que se reproducen algunas de las constancias de autos como por ejemplo, el auto que manda enviar el exhorto. El cotejo también ha de realizarse cuando se manda por el superior al inferior un testimonio de resolución.

  • B) CUERDA SEPARADA.- Algunos usan frases como “por cuerda separada”, cuando se hace referencia a la tramitación de un incidente, cuyas actuaciones se realizan independientemente de la cuestión principal e incluso se lleva una pieza de autos distinta, que no se glosa al expediente principal.

    No sólo los incidentes se tramitan por cuerda separada, sino también algunas secciones de los juicios, como es el caso de los juicios ejecutivos, las providencias precautorias, juicios sucesorios, entre otros.
  • C) RAZÓN.- Esta palabra que se utiliza frecuentemente en los acuerdos emitidos por los Juzgados y Tribunales hace referencia a una constancia escrita que se asienta en los autos y que es puesta por el interesado, quien firma junto con el Secretario de Acuerdos o con el Actuario.

    En otras palabras, la Razón es el sello del juzgado y la anotación por un empleado encargado de la oficialía de partes, misma que tiene el objeto hacerle ver al Juez o Magistrado que te enteraste del contenido del acuerdo y que estás aceptando su contenido y lo que se te va a entregar.

    Te lo explico más sencillo: Supongamos que solicitaste copias certificadas de un informe justificado en el juicio de amparo, cuando vayas a recogerlas, el Secretario siempre te hace firmar el acuerdo donde previamente se te concedió el derecho de poder ir por esas copias que ya habías solicitado y pondrás alguna leyenda como la siguiente:

“En México, Distrito Federal, siendo las once horas del día veintiuno de septiembre de dos mil quince, presente en ese H. Juzgado el C. Licenciado en Derecho _______________, previa su identificación con credencial oficial con número de folio ____________________ expedida por _______________, se notificó del auto que antecede y dijo que en acatamiento al mismo, recibe la copia certificada que se menciona. Firma para constancia. –Doy Fe.-”

  • D) COMPARECENCIA.- Cuando en el Juzgado o Tribunal requieren la presencia física de una persona, a eso se le llama comparecencia. No olvides que al “comparecer” en un Juzgado, es necesario que lleves una identificación o documento oficial que acredite quien eres.

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  • E) DAR VISTA.- Cuando los autos quedan en la secretaría del juzgado para que se impongan de ellos los interesados, para que se les entreguen copias, para tomar apuntes, alegar o glosar cuentas, sin embargo, no significa que se entreguen los autos a las partes para que los lleven fuera del Tribunal.

    En la práctica es muy normal que para el contenido de algunos acuerdos –más cuando alguna de las partes anexó alguna prueba o contestación de algún requerimiento – se te da vista para que en el término de 3 días expongas mediante unas manifestaciones lo que a tu derecho convenga.
  • F) CORRER TRASLADO.- Si ya leíste éste artículo: ¿Cuántas copias de la demanda de amparo deben exhibirse?, entenderás perfectamente que cada que presentas una promoción o escrito en el Tribunal, debes anexar una copia para la contraparte, en ese sentido correr traslado significa el acto de entregar a la parte contraria las copias de ciertos escritos o documentos en los casos previstos por la Ley, de los que deba tener conocimiento.
  • G) FE PÚBLICA.- Se utilizan también las expresiones “doy fe”, “hará fe” y “hacen fe” que significa que algo que es suficiente para creer, es decir, aquello que tiene carácter de verdad legal.

    Así como los notarios públicos y los corredores públicos, quienes integran el Poder Judicial también tienen fe pública, y están facultadas para utilizarla en lo siguiente: cuando realizan emplazamientos y notificaciones cuando lo ordene el juez; cuando autorizan los despachos, exhortos, actas, diligencias, autos y toda clase de resoluciones que se expidan, asienten, practiquen o dicten por el juez.
  • H) ENGROSAR.- Se le llama “engrosar” el hecho de agregar al expediente un escrito, una resolución, un oficio o un documento.

    La definición literal de la palabra engrosar significa eso mismo, hacer gruesa una cosa, en este caso el expediente se torna más grueso entre más escritos se engrosen.
  • I) AGRÉGUESE A SUS AUTOS.- Es simplemente otro sinónimo de la palabra engrosar, y generalmente se lee en los acuerdo la expresión “agréguese a sus autos” que significa que la promoción de que se trata se engrasa al expediente.
  • J) DESGLOSAR.- Es lo contrario a “engrosar” o “agregar a sus autos”, pues significa quitar o remover una constancia o escrito del expediente, esto para un efecto determinado. Supongamos que solicitaste la devolución de un documento que presentaste y que ya puede procesalmente devolverse, en ese sentido, “se ordena el desglose” de ese escrito del expediente para que te lo devuelvan.
  • H. JUZGADO O H. TRIBUNAL.- Quizá la palabra que más hemos visto escrita en documentos como demandas y acuerdos, es la “H.” y cuando recién iniciamos en la práctica de nuestra profesión no sabemos lo que significa, es muy sencillo, esa “H.” significa “Honorable” es decir, Honorable Juzgado, Honorable Tribunal.

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Estrada, Héctor (21 de septiembre de 2015). Terminología procesal. Frases habituales. Tareasjuridicas.com

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